FESEP IMPUGNA LA NO CONVOCATORIA DEL SINDICATO A LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA


 
Manuel Sánchez Domingo Presidente de la Confederación de Sindicatos de Empleados Públicos (FESEP) con domicilio a efectos de notificaciones en Valencia, Calle Carcagente, 6 entresuelo B (46007); por medio del presente escrito le INFORMO:
 
Primero.‐ Que hemos tenido conocimiento de la convocatoria por la AVSRE, de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales de la Comunitat Valenciana para el día 20 de julio.
 
Que FESEP no ha recibido hasta la fecha ninguna citación convocándole para conocer el lugar y hora celebración, orden del día, etc.
 
Segundo.‐ Que la FESEP (Confederación de Sindicatos de Empleados Públicos) es una confederación de sindicatos con personalidad jurídica propia, con estatutos depositados en el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social con número 99005379.
 
Que en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana la FESEP además de la propia Confederación, esta compuesta por las organizaciones sindicales SPPLB (Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos) y SEP-CV (Sindicato de Empleados Públicos de la Comunitat Valenciana), todas ellas unidas bajo el mismo código electoral 821901.
 
Que presentamos escrito el 21 de enero de 2.020 poniendo en conocimiento estos datos, y a fin de ser convocados a la indicada Comisión de Coordinación sin haber recibido respuesta.
 
Tercero.‐ Que en la Ley 17/2017 de 13 de Diciembre de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana, en su artículo 8.3 establece que los miembros de la Comisión de Coordinación de Policías Locales estará compuesta entre otros por:
 
Ocho personas propuestas por los sindicatos más representativos en el ámbito de la administración local de la Comunitat Valenciana.
 
Que en el mismo artículo 8 en su punto 2 indica: El mandato de las vocalías y en representación de los municipios y de las organizaciones sindicales coincidirá con las fechas de terminación de los respectivos procesos electorales, debiendo ser nombradas después que se determine reglamentariamente.
 
Que el proceso de elecciones sindicales en el ámbito de la Administración Local finalizó el pasado 31 de diciembre del 2019, habiendo obtenido la FESEP un 
11.08%, del total de delegados (Funcionarios y Laborales) teniendo la condición de sindicato más representativo en el ámbito de la Administración Local en la Comunitat Valenciana.
 
Cuarto.‐ Que la exclusión de FESEP implica una vulneración de los derechos constitucionales de los Policías Locales de la Comunitat Valenciana, con infracción además de la Ley de Libertad Sindical.
 
SOLICITO: Que la FESEP (Federación de Sindicatos de Empleados Públicos) sea nombrada como miembro de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana con plenitud de derechos, y convocada a la sesión a celebrar el 20 de julio y a todas las restantes como vocal, con todo lo demás a que haya lugar.
 
En Valencia a 16 de julio de 2.020